El comienzo del nuevo milenio nos permite asistir a la génesis de una nueva concepción de lo que tradicionalmente se entiende por “familia”, encontrándonos en consecuencia ante una dimensión nueva de la filiación, en algunas circunstancias fragmentando los datos de la herencia biológica al introducir elementos extraños en la consanguinidad con las consecuencias previsibles no sólo en lo biológico sino también en el derecho.