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Acerca de las medidas cautelares en el Proceso Contencioso Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Por Ruben Antonio Pereyra

La creación de la justicia de la Ciudad de Buenos Aires constituye una necesaria consecuencia de la autonomía declarada a favor de ésta por el artículo 129 de la Constitución Nacional, en el cuál se dispone que el gobierno local contará con facultades propias de legislación y jurisdicción.