por Alberto Maques
La comparación entre el Consejo de la Magistratura de CABA y el Consejo Nación reside
fundamentalmente en la inexistencia de representación del Poder Ejecutivo en el Consejo de
CABA. En este sentido hay quienes opinan que no debe existir política dentro del seno de los
consejos sobre el particular mi opinión es que no debe existir política partidaria pero resulta
inexorable la existencia de temas referidos a la política en general lo cual es un hecho
necesario y real.
El sistema constitucional basado en la doctrina de Alberdi de frenos y contrapesos contempla
la interacción entre los tres poderes del estado. En mi experiencia personal como presidente
del Consejo CABA considero un gran avance la creación por ley de la Secretaria General de
Administración ya que contribuye a una mayor transparencia y un mejor manejo de fondos
para el Poder Judicial local.
Remontándome a mi experiencia como convencional constituyente de la ciudad en 1996
participé en todos los proyectos referidos a la creación de la justicia de la ciudad, el Consejo de
la Magistratura, el Ministerio Público Fiscal, la Defensoría y la Asesoría Tutelar.
Puesto en funcionamiento esas instituciones y desde mi rol como presidente del CM llegué a
evaluar que los abogados no cuentan con el abordaje y valoración adecuada al momento de
presentarse a los concursos para cubrir cargos de magistrados ya que quienes provienen de la
justicia como empleados o funcionarios gozan de un tratamiento que les otorga un mayor
puntaje y ventaja en cuanto a los antecedentes. Lo cual me hizo recordar a lo vivido cuando se
mencionó por primera vez mi nombre como candidato a presidente del CM había quienes me
cuestionaban diciendo que no conocía el manejo de la botonera a lo cual respondí sí casi 38
años de ejercicio real de la abogacía recorriendo diferentes fueros y juzgados no eran
suficientes que más se podía requerir. Los abogados debemos seguir reclamando por una
mejora en la calificación de los antecedentes sobre todo por los años de ejercicio efectivo en la
profesión.
Así mismo vemos que los consejeros jueces pueden seguir ejerciendo en sus cargos con el sólo
pedido de autorización al plenario. Mientras que los abogados nos encontramos inhabilitados
para el ejercicio de la profesión. Y si tomáramos en consideración el consejo Nación también
siguen ejerciendo sus actividades los académicos y legisladores encontrándose solamente los
abogados inhabilitados.
De hecho en mi caso fui el primer presidente proveniente del estamento de abogados y el
tercer presidente con cuatro años efectivo de mandato a lo largo de casi 30 años de existencia
del Poder Judicial local.
También soy un ferviente defensor del traspaso de jurisdicción y competencias de la Nación a
la ciudad. Ello deviene de un mandato constitucional, nacional y local. Traspaso que se debe
hacer con las correspondientes partidas presupuestarias.
Como defensor de la autonomía de la CABA he impulsado la necesidad de contar con el
manejo de la IGJ del Registro de la Propiedad Inmueble, de la Propiedad Automotor y la
creación del Servicio Penitenciario, locales.