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MERCOSUR. DESCARTES

 

Cuando publicamos en 2012 en La Ley los artículos[1] sobre la situación que atravesaba el Mercosur –más precisamente la unión de Argentina, Uruguay y Brasil en ese marco– en su intento de sobrevivir a la crisis política de Paraguay, e incluir a Venezuela a expensas de ese trance institucional, nos expresamos claramente por dejar guardada para esta época la duda sobre el resultado final del proceso electoral paraguayo. Duda que descartaría la necesidad de tomar medidas extremas contra un país fundador del sistema, y cuya Capital bautizaba aquel primer Tratado.

La opción del ex Presidente Lugo de ocurrir ante el Superior Tribunal de Justicia paraguayo para reclamar por su reposición, sus giras por el exterior y sus mismas declaraciones, no evidenciaban una situación de impedimento en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos  que permitiera disparar los dispositivos de protección ideados en el Mercosur (PROTOCOLO DE USHUAIA, sobre compromiso democrático en el Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile) para defender la democracia y limitar y castigar los intentos golpistas en el marco del acuerdo.

La desprolijidad nulificante de las Resoluciones tomadas en orden inverso a la secuencia lógica y cronológica (primero se incorporó a Venezuela, SIN LA OPINION DE PARAGUAY – CMC/DEC. Nº 27/12-  , y luego se suspendió a Paraguay CMC/DEC. Nº 28/12), vuelve a  aparecer en el horizonte. Recordemos, una vez más que, en un marco de derecho de la integración en el que no se han implementado dispositivos comunitarios que abandonen las exigencias del derecho internacional público clásico, las decisiones de alta responsabilidad y representatividad política exigen UNANIMIDAD, como aún las mantiene la Unión Europea,  especialmente para los casos de incorporación o salida de estados miembros o adherentes.

Como si las dudas metódicas que enseñaba Descartes fueran pocas, la imprevista desaparición física del líder Bolivariano forzó otra contienda electoral que –como corresponde en los procesos electorales– aun en instancia de revisión, ha merecido el inmediato reconocimiento de sus pares latinoamericanos. Ciertamente, el recurso interpuesto por Capriles no suspende ningún paso de los que llevan a Maduro a la Presidencia de Venezuela. Los efectos de estos recursos en el derecho electoral son siempre devolutivos.

El resultado en Paraguay ha sido claramente reconocido por la oposición, que en una de sus vertientes consagró al ex Presidente Lugo como Senador Nacional. Fueros y propios actos se combinan en una situación que no motivaría la duda cartesiana: Cartes es el nuevo Presidente de Paraguay y deberá impulsar la nulidad de su suspensión para luego rehabilitar el debate sobre la incorporación de Venezuela. Obviamente después de asumir, esperamos que acompañado por la mayoría de los mandatarios del subcontinente.

Puede que el camino sea más práctico que objetar la validez de aquellas resoluciones  y el simple levantamiento de la suspensión deje a todos satisfechos. Pero lo que no quedará tampoco en duda es que el MERCOSUR que conformamos se ha convertido apenas en un acuerdo intergubernamental al que –por ahora– no parece importarle los habitantes de toda la región, por más organismos y estructuras administrativas que se creen. Está muy lejos de la Patria Grande que impulsó su creación, tan lejos de Asunción, que ya no es parte de ella. Nuestros hermanos paraguayos han sufrido más exigencias en estos meses para entrar, salir, circular, trabajar o estudiar en Argentina que antes de 1983 o de 1991. Ahora, sin dudas, esperamos que rápidamente se reincorporen los derechos de los habitantes y de la República del Paraguay a los pequeños pasos del acuerdo regional.

 


[1] Mercosur II: Diario La Ley , Sup. Act. 24/07/2012 , p.1. Mercosur. La ley online.